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De tu interés...

Información y asesoramiento al consumidor

icon_iyaa.jpgInformación, asesoramiento, trámite y seguimiento de consultas, reclamaciones y quejas en materia de consumo. omic

Información y asesoramiento de consultas y quejas del ciudadano en relación con el funcionamiento de los servicios públicos.

Difundir el conocimiento de los derechos y obligaciones de los consumidores.

La formación de consumidores críticos y bien informados.

El fomento del consumo responsable.

Actividades complementarias.

Información, asesoramiento y apoyo a la tramitación de ayudas para la construcción, adquisición y rehabilitación de vivienda.

Asesoramiento a asociaciones.

Información y asesoramiento sobre becas, ayudas y subvenciones y oposiciones a la administración pública.

Asesoramiento sobre justicia gratuita.

Información y asesoramiento sobre trámites ciudadanos en general.

Colaboración con otras entidades para el desarrollo de objetivos comunes: Escuela de Consumo, Servicios Sociales Municipales, los Servicios Veterinarios y Farmacéuticos del Centro de Salud, el Centro de Atención Administrativa, Asociaciones de empresarios locales, etc.

Beneficiarios.

Principalmente los ciudadanos de Miajadas.

Asesoramos e informamos también a consumidores de localidades de la comarca natural de influencia y a todos los consumidores en general sin excluir a nadie.

Ofrecemos actividades a los ciudadanos de los municipios encuadrados en el área de influencia de la Mancomunidad Zona Centro: Miajadas, Escurial, Villamesías, Campo Lugar, Pizarro, Alcollarín, Zorita, Abertura. Incluimos Almoharín y Valdemorales.

Nueva ley de consumidores.

El pasado 30 de noviembre de 2007 se publicó en el BOE una nueva norma que sustituye a la ley para la defensa de los consumidores y usuarios vigente hasta ahora en España.

Del conjunto de la ley resalta especialmente la regulación de las cláusulas abusivas utilizadas por las empresas en la contratación con consumidores. También resalta la protección del consumidor adquirente de vivienda declarando, por ejemplo, el carácter abusivo de las cláusulas que le trasladen gastos que corresponden a la empresa, como el impuesto de la plusvalía o los gastos de las conexiones a los suministros generales de la vivienda. En este supuesto, para defender al consumidor se considera una infracción de consumo la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos y, por otra parte, estas cláusulas se declaran nulas si un empresario las ha incluido en un contrato.

En los contratos con consumidores celebrados a distancia y fuera de los establecimientos mercantiles se establece claramente el derecho de revocación, es decir, el derecho de anular el contrato en el plazo de siete días hábiles contados desde la firma del mismo o desde la entrega del producto sin necesidad de tener que alegar ninguna causa. La revocación por el consumidor debe hacerse de manera que exista alguna prueba de su voluntad de anular el contrato por lo que deberá hacerse por escrito enviado por fax, burofax o por correo certificado.

Y también resalta de la ley la regulación de las garantías de los bienes y servicios. Una garantía que tiene carácter legal y que, por tanto, es obligatoria para todos los vendedores de productos. En este sentido la ley indica que es el vendedor directo del producto quien debe responder frente al consumidor en los casos de defectos de funcionamiento dentro del plazo de dos años contados desde la fecha de compra. Y también indica que en caso de un mal funcionamiento el consumidor tiene derecho a solicitar la reparación o la sustitución del producto por otro de iguales características. En este supuesto sólo hay dos excepciones: que ese mal funcionamiento sea debido a un mal uso del consumidor y que la elección que realice el consumidor (reparar o sustituir) no sea imposible o de coste desproporcionado, es decir, no razonables para el vendedor, por ser considerablemente más elevados. Además, cuando el vendedor no pueda atender a lo que solicita el consumidor procederá una rebaja en el precio o la devolución del dinero.

Por todo lo anterior recomendamos una lectura pausada de esta ley que regula los derechos de los consumidores y cuyo texto pueden encontrar en la web del Ayuntamiento de Miajadas, consultando sus dudas en la Oficina del Consumidor por cualquiera de los medios que tenemos a su disposición: personalmente en la oficina, por teléfono en el 927 347 000, o a través del correo electrónico abajo indicado.

José María Pérez Cortés.
Director de la OMIC del Ayuntamiento de Miajadas

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Ley consumidores 2007
Revista de información al consumidor

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